La Dirección General Impositiva anunció que comienza a enviar comunicaciones a contribuyentes de IVA Servicios Personales cuando detecta posibles inconsistencias en sus declaraciones. El foco está en situaciones donde el IVA Compras declarado no guarda una relación acorde con el IVA Ventas, según las estimaciones del organismo para este segmento. Ver la comunicación de DGI del 21 de setiembre de 2026.

La diferencia observada es un indicio para revisar la información; no determina por sí sola que haya un incumplimiento. DGI menciona dos posibles situaciones: ingresos no documentados o deducciones de IVA Compras no admitidas.

¿Qué IVA Compras se puede descontar?

En servicios personales, el cálculo parte del IVA facturado por las ventas y resta el IVA de compras admitido por la normativa, además de las retenciones que correspondan. Para que el IVA Compras sea deducible, debe estar discriminado en el comprobante y el comprador debe estar individualizado con su nombre y número de RUC. La compra también debe analizarse según su destino en la actividad gravada. Consultar la guía de IVA Servicios Personales de DGI.

Tener una factura a nombre del profesional no convierte automáticamente todo su IVA en deducible. DGI señala que no se puede descontar el impuesto de adquisiciones de vehículos y mobiliario, ni de gastos de naturaleza personal, como vestimenta y comida; también incluye los préstamos bancarios entre los conceptos excluidos.

¿Qué sucede con los gastos de uso mixto?

Si un bien o servicio se destina parcialmente a la actividad gravada, el IVA se computa en la proporción correspondiente, con un máximo general del 50%. Puede superarse ese límite cuando se demuestra fehacientemente que la afectación a la actividad gravada es mayor. Esto exige evaluar el uso real y conservar respaldo suficiente; no corresponde aplicar automáticamente el 50% a todas las compras compartidas entre la actividad y el uso personal.

El formulario 1302 también requiere seleccionar

En la declaración jurada 1302 precargada, las compras informadas por los proveedores sirven como punto de partida. El contribuyente debe seleccionar los comprobantes cuyo IVA sea deducible y puede ajustar el importe a deducir cuando corresponda. Que una e-factura aparezca en la información disponible no implica que todo su IVA deba descontarse. Ver el instructivo oficial del 1302.

¿Cómo actuar si llega una comunicación?

El aviso se enviará a la Bandeja de Comunicaciones de DGI e indicará la situación observada. Conviene identificar los períodos involucrados, conciliar ventas facturadas e IVA Ventas declarado y revisar uno a uno los comprobantes incluidos en el IVA Compras. Si se detecta un error, corresponde evaluar la corrección necesaria; si los importes son correctos, conviene dejar documentado el análisis y sus respaldos.

DGI advierte que, si la situación comunicada persiste, la calificación de riesgo del contribuyente podría verse afectada y dar lugar a fiscalizaciones u otros controles. Revisar el aviso a tiempo permite comprender la diferencia antes de definir los pasos siguientes.

¿Recibiste una comunicación de DGI o querés revisar el IVA Compras de tus servicios personales? En Cruz & Asociados podemos analizar tus comprobantes y declaraciones contigo.